CP

Artículo 280. Evasion de detenidos

Este articulo establece penas para quienes se evadan de la detención usando violencia o fuerza. La ley busca mantener el orden y la seguridad en los procesos judiciales.

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Texto Legal

- Será reprimido con prisión de un mes a un año, el que hallándose legalmente detenido se evadiere por medio de violencia en las personas o fuerza en las cosas.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Cualquier intento de evasión puede resultar en penas severas, lo que puede afectar no solo al individuo, sino también a la institución que lo custodia.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 280 del CP?

Este articulo establece penas para quienes se evadan de la detención usando violencia o fuerza. La ley busca mantener el orden y la seguridad en los procesos judiciales.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 280 de la CP?

Cualquier intento de evasión puede resultar en penas severas, lo que puede afectar no solo al individuo, sino también a la institución que lo custodia.

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