Este articulo establece penas de seis meses a dos años para quienes alteren, hagan incierto o supriman el estado civil de otra persona. Es fundamental para proteger la identidad y derechos civiles de los individuos.
- Se aplicará prisión de seis meses a dos años al que, por un acto cualquiera, hiciere incierto, alterare o suprimiere el estado civil de otro.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Incumplir este articulo puede resultar en sanciones penales que afectan la reputacion y la libertad del individuo, ademas de generar conflictos legales sobre la identidad de las personas afectadas.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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