Este articulo establece penas severas para quien provoque un duelo con fines pecuniarios o inmorales, incluyendo prisión de uno a veinticinco años dependiendo del resultado.
- El que provocare o diere causa a un desafío, proponiéndose un interés pecuniario u otro objeto inmoral, será reprimido: 1.º Con prisión de uno a cuatro años, si el duelo no se verificare o si efectuándose, no resultare muerte ni lesiones; 2.º Con reclusión o prisión de tres a diez años, si el duelo se realizare y resultaren lesiones; 3.º Con reclusión o prisión de diez a veinticinco años, si se produjere la muerte.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Provocar un duelo por intereses personales puede acarrear consecuencias legales extremas. Es esencial evitar cualquier acción que pueda ser interpretada como provocación por lucro.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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