CCyC

Artículo 973. Invitación a ofertar

La invitación a ofertar se considera una manifestación dirigida a personas indeterminadas, a menos que se indique lo contrario. Esto establece el marco para la negociación previa al contrato.

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Texto Legal

- Invitación a ofertar. La oferta dirigida a personas indeterminadas es considerada como invitación para que hagan ofertas, excepto que de sus términos o de las circunstancias de su emisión resulte la intención de contratar del oferente. En este caso, se la entiende emitida por el tiempo y en las condiciones admitidas por los usos.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Distinguir entre una oferta y una invitación a ofertar es clave para entender el momento en que se establece un compromiso. Esto puede afectar la estrategia de negociación.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 973 del CCyC?

La invitación a ofertar se considera una manifestación dirigida a personas indeterminadas, a menos que se indique lo contrario. Esto establece el marco para la negociación previa al contrato.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 973 de la CCyC?

Distinguir entre una oferta y una invitación a ofertar es clave para entender el momento en que se establece un compromiso. Esto puede afectar la estrategia de negociación.

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