CCyC

Artículo 964. Integración del contrato

El contenido del contrato se integra con normas y usos aplicables. Esto asegura que el contrato sea completo y aplicable en la práctica.

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Texto Legal

- Integración del contrato. El contenido del contrato se integra con: a) las normas indisponibles, que se aplican en sustitución de las cláusulas incompatibles con ellas; b) las normas supletorias; c) los usos y prácticas del lugar de celebración, en cuanto sean aplicables porque hayan sido declarados obligatorios por las partes o porque sean ampliamente conocidos y regularmente observados en el ámbito en que se celebra el contrato, excepto que su aplicación sea irrazonable.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Asegúrate de que tu contrato incluya todas las normas y usos relevantes para evitar vacíos que puedan ser explotados por la otra parte.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 964 del CCyC?

El contenido del contrato se integra con normas y usos aplicables. Esto asegura que el contrato sea completo y aplicable en la práctica.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 964 de la CCyC?

Asegúrate de que tu contrato incluya todas las normas y usos relevantes para evitar vacíos que puedan ser explotados por la otra parte.

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