CCyC

Artículo 858. Definiciones sobre rendición de cuentas

Define qué es una cuenta y establece las bases para la rendición de cuentas, que es la presentación de antecedentes y resultados pecuniarios de un negocio.

rendicioncuentasdefinicionesnegocios

Texto Legal

- Definiciones. Se entiende por cuenta la descripción de los antecedentes, hechos y resultados pecuniarios de un negocio, aunque consista en un acto singular. Hay rendición de cuentas cuando se las pone en conocimiento de la persona interesada, conforme a lo dispuesto en los artículos siguientes.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Comprender este concepto es esencial para quienes manejan recursos ajenos, ya que la falta de rendición adecuada puede generar problemas legales y de confianza con los interesados.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 858 del CCyC?

Define qué es una cuenta y establece las bases para la rendición de cuentas, que es la presentación de antecedentes y resultados pecuniarios de un negocio.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 858 de la CCyC?

Comprender este concepto es esencial para quienes manejan recursos ajenos, ya que la falta de rendición adecuada puede generar problemas legales y de confianza con los interesados.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 858 del CCyC?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 858 CCyC desde tu celular