CCyC

Artículo 8. Principio de inexcusabilidad

La ignorancia de las leyes no exime a las personas de su cumplimiento, salvo excepciones específicas. Este principio refuerza la responsabilidad individual en el conocimiento de la normativa vigente.

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Texto Legal

- Principio de inexcusabilidad. La ignorancia de las leyes no sirve de excusa para su cumplimiento, si la excepción no está autorizada por el ordenamiento jurídico. CAPITULO 3 Ejercicio de los derechos

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este principio implica que todos deben estar informados sobre las leyes relevantes a su actividad. No cumplir puede resultar en sanciones o perjuicios legales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 8 del CCyC?

La ignorancia de las leyes no exime a las personas de su cumplimiento, salvo excepciones específicas. Este principio refuerza la responsabilidad individual en el conocimiento de la normativa vigente.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 8 de la CCyC?

Este principio implica que todos deben estar informados sobre las leyes relevantes a su actividad. No cumplir puede resultar en sanciones o perjuicios legales.

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