CCyC

Artículo 789. Opcion en modalidades

Cuando se permite la opcion sobre modalidades o circunstancias en una obligacion, se aplican las reglas de la obligacion facultativa. Esto otorga flexibilidad a las partes en el cumplimiento de sus compromisos.

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Texto Legal

- Opción entre modalidades y circunstancias. Si en la obligación se autoriza la opción respecto de sus modalidades o circunstancias, se aplican las reglas precedentes. SECCION 5ª Obligaciones con cláusula penal y sanciones conminatorias

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La posibilidad de optar por modalidades puede ser una herramienta útil para adaptarse a cambios en las circunstancias, pero es esencial definir claramente estas opciones en el contrato.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 789 del CCyC?

Cuando se permite la opcion sobre modalidades o circunstancias en una obligacion, se aplican las reglas de la obligacion facultativa. Esto otorga flexibilidad a las partes en el cumplimiento de sus compromisos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 789 de la CCyC?

La posibilidad de optar por modalidades puede ser una herramienta útil para adaptarse a cambios en las circunstancias, pero es esencial definir claramente estas opciones en el contrato.

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