El acreedor tiene acción real contra terceros que adquirieron derechos sobre bienes registrables. Este artículo protege los derechos de los acreedores en transacciones complejas.
- Entrega de la cosa a quien no es propietario. Bienes registrables. Si la cosa es inmueble o mueble registrable, el acreedor tiene acción real contra terceros que sobre ella aparentemente adquirieron derechos reales, o que la tengan en su posesión por cualquier contrato hecho con el deudor. Parágrafo 4° Obligaciones de género
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es esencial registrar adecuadamente los bienes para asegurar tus derechos frente a terceros, evitando así posibles disputas legales.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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