El acreedor no adquiere derechos reales sobre la cosa hasta que se realiza la tradicion, a menos que la ley disponga lo contrario. Esto establece un principio claro sobre la transferencia de derechos.
- Tradición. El acreedor no adquiere ningún derecho real sobre la cosa antes de la tradición, excepto disposición legal en contrario.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Sin la tradicion, no tienes derechos sobre el bien, lo que implica que debes asegurarte de formalizar correctamente la entrega para proteger tus intereses.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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