CCyC

Artículo 75. Domicilio especial

Las partes de un contrato pueden elegir un domicilio para el ejercicio de derechos y obligaciones. Esto proporciona flexibilidad en las relaciones contractuales.

domiciliocontratoobligaciones

Texto Legal

- Domicilio especial. Las partes de un contrato pueden elegir un domicilio para el ejercicio de los derechos y obligaciones que de él emanan.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Elegir un domicilio especial puede facilitar la gestión de contratos y la notificación de actos legales, optimizando procesos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 75 del CCyC?

Las partes de un contrato pueden elegir un domicilio para el ejercicio de derechos y obligaciones. Esto proporciona flexibilidad en las relaciones contractuales.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 75 de la CCyC?

Elegir un domicilio especial puede facilitar la gestión de contratos y la notificación de actos legales, optimizando procesos.

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