CCyC

Artículo 703. Casos de privacion o suspension

Si un progenitor es privado o suspendido de la responsabilidad parental, el otro progenitor continúa ejerciéndola, y se pueden iniciar procesos de tutela o adopción si es necesario.

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Texto Legal

- Casos de privación o suspensión de ejercicio. Si uno de los progenitores es privado de la responsabilidad parental o suspendido en su ejercicio, el otro continúa ejerciéndola. En su defecto, se procede a iniciar los procesos correspondientes para la tutela o adopción, según la situación planteada, y siempre en beneficio e interés del niño o adolescente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Es esencial que el progenitor que permanece ejerciendo la responsabilidad esté preparado para asumir todas las decisiones. La falta de preparación puede llevar a decisiones inadecuadas que afecten al menor.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 703 del CCyC?

Si un progenitor es privado o suspendido de la responsabilidad parental, el otro progenitor continúa ejerciéndola, y se pueden iniciar procesos de tutela o adopción si es necesario.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 703 de la CCyC?

Es esencial que el progenitor que permanece ejerciendo la responsabilidad esté preparado para asumir todas las decisiones. La falta de preparación puede llevar a decisiones inadecuadas que afecten al menor.

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