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Artículo 636. Normas supletorias sobre nulidades

Este articulo establece que las nulidades no regladas se rigen por lo previsto en el Capítulo 9 del Título IV del Libro Primero. Es fundamental para entender el marco normativo aplicable a las nulidades en el contexto del derecho civil.

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Texto Legal

- Normas supletorias. En lo no reglado por este Capítulo, las nulidades se rigen por lo previsto en el Capítulo 9 del Título IV del Libro Primero.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo puede ser relevante en casos donde se requiera determinar la nulidad de actos jurídicos, ya que establece el marco normativo que se aplicará en ausencia de reglas específicas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 636 del CCyC?

Este articulo establece que las nulidades no regladas se rigen por lo previsto en el Capítulo 9 del Título IV del Libro Primero. Es fundamental para entender el marco normativo aplicable a las nulidades en el contexto del derecho civil.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 636 de la CCyC?

Este articulo puede ser relevante en casos donde se requiera determinar la nulidad de actos jurídicos, ya que establece el marco normativo que se aplicará en ausencia de reglas específicas.

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