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Artículo 608. Sujetos del procedimiento

El procedimiento para la declaracion de adoptabilidad requiere la intervencion de varios actores, incluyendo al niño y sus padres. Este articulo asegura que todas las voces sean escuchadas en el proceso.

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Texto Legal

- Sujetos del procedimiento. El procedimiento que concluye con la declaración judicial de la situación de adoptabilidad requiere la intervención: a) con carácter de parte, del niño, niña o adolescente, si tiene edad y grado de madurez suficiente, quien comparece con asistencia letrada; b) con carácter de parte, de los padres u otros representantes legales del niño, niña o adolescentes; c) del organismo administrativo que participó en la etapa extrajudicial; d) del Ministerio Público. El juez también puede escuchar a los parientes y otros referentes afectivos.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Los padres y el niño deben estar preparados para participar activamente en el procedimiento. La falta de representacion adecuada puede afectar la decision final del juez.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 608 del CCyC?

El procedimiento para la declaracion de adoptabilidad requiere la intervencion de varios actores, incluyendo al niño y sus padres. Este articulo asegura que todas las voces sean escuchadas en el proceso.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 608 de la CCyC?

Los padres y el niño deben estar preparados para participar activamente en el procedimiento. La falta de representacion adecuada puede afectar la decision final del juez.

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