Se pueden inhabilitar a personas que gestionan sus bienes de manera irresponsable, protegiendo a sus familiares de posibles perjuicios. Se considera la discapacidad en este contexto.
- Pródigos. Pueden ser inhabilitados quienes por la prodigalidad en la gestión de sus bienes expongan a su cónyuge, conviviente o a sus hijos menores de edad o con discapacidad a la pérdida del patrimonio. A estos fines, se considera persona con discapacidad, a toda persona que padece una alteración funcional permanente o prolongada, física o mental, que en relación a su edad y medio social implica desventajas considerables para su integración familiar, social, educacional o laboral. La acción s
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La inhabilitacion puede ser una herramienta para proteger el patrimonio familiar, pero su aplicacion debe ser cuidadosa para evitar abusos.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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