CCyC

Artículo 399. Regla general de transmisión

Nadie puede transmitir un derecho mejor que el que posee, salvo excepciones legales. Esto protege a los adquirentes de derechos sobre situaciones inciertas.

transmisiónderechosexcepciones

Texto Legal

- Regla general. Nadie puede transmitir a otro un derecho mejor o más extenso que el que tiene, sin perjuicio de las excepciones legalmente dispuestas.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Es vital que verifiques la titularidad de los derechos que adquieres. Si compras un derecho que no es válido, podrías perder tu inversión sin posibilidad de reclamo.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 399 del CCyC?

Nadie puede transmitir un derecho mejor que el que posee, salvo excepciones legales. Esto protege a los adquirentes de derechos sobre situaciones inciertas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 399 de la CCyC?

Es vital que verifiques la titularidad de los derechos que adquieres. Si compras un derecho que no es válido, podrías perder tu inversión sin posibilidad de reclamo.

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