La nulidad obliga a las partes a restituirse lo recibido, volviendo las cosas al estado anterior. Esto es fundamental para la equidad entre las partes.
- Restitución. La nulidad pronunciada por los jueces vuelve las cosas al mismo estado en que se hallaban antes del acto declarado nulo y obliga a las partes a restituirse mutuamente lo que han recibido. Estas restituciones se rigen por las disposiciones relativas a la buena o mala fe según sea el caso, de acuerdo a lo dispuesto en las normas del Capítulo 3 del Título II del Libro Cuarto.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Si un acto es declarado nulo, deberás estar preparado para devolver lo recibido, lo que puede afectar tu situación financiera o contractual.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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