CCyC

Artículo 376. Responsabilidad por exceso de poder

Si alguien actua como representante sin serlo o excede sus facultades, es responsable por los daños causados a terceros, salvo que informe sobre su falta de poder.

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Texto Legal

- Responsabilidad por inexistencia o exceso en la representación. Si alguien actúa como representante de otro sin serlo, o en exceso de las facultades conferidas por el representado, es responsable del daño que la otra parte sufra por haber confiado, sin culpa suya, en la validez del acto; si hace saber al tercero la falta o deficiencia de su poder, está exento de dicha responsabilidad.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Actuar sin el poder adecuado puede resultar en responsabilidades significativas, por lo que es esencial verificar siempre los limites de la representacion antes de actuar.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 376 del CCyC?

Si alguien actua como representante sin serlo o excede sus facultades, es responsable por los daños causados a terceros, salvo que informe sobre su falta de poder.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 376 de la CCyC?

Actuar sin el poder adecuado puede resultar en responsabilidades significativas, por lo que es esencial verificar siempre los limites de la representacion antes de actuar.

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