El silencio no se considera manifestación de voluntad, salvo excepciones legales o contractuales. Esto establece límites claros sobre cómo se debe interpretar la falta de respuesta en ciertas situaciones.
- Silencio como manifestación de la voluntad. El silencio opuesto a actos o a una interrogación no es considerado como una manifestación de voluntad conforme al acto o la interrogación, excepto en los casos en que haya un deber de expedirse que puede resultar de la ley, de la voluntad de las partes, de los usos y prácticas, o de una relación entre el silencio actual y las declaraciones precedentes.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es crucial entender que el silencio no implica consentimiento, lo que puede evitar malentendidos en negociaciones o contratos.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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