Las acciones derivadas de una unión convivencial deben presentarse ante el juez del domicilio efectivo común o del demandado, garantizando que se respeten los derechos de ambas partes.
- Jurisdicción. Las acciones que surjan como consecuencia de la unión convivencial deben presentarse ante el juez del domicilio efectivo común de las personas que la constituyen o del domicilio o residencia habitual del demandado.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La correcta identificación del juez competente es clave para asegurar que las acciones se resuelvan de manera justa y eficiente.
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