CCyC

Artículo 2577. Extensión de los privilegios

Los privilegios no se extienden a intereses ni a costas, salvo disposición legal en contrario, lo que limita su alcance.

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Texto Legal

- Extensión. El privilegio no se extiende a los intereses, ni a las costas, ni a otros accesorios del crédito, excepto disposición legal expresa en contrario.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Entender esta limitación es fundamental para calcular adecuadamente los montos a recuperar, ya que no todos los costos asociados a un crédito están cubiertos por el privilegio.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 2577 del CCyC?

Los privilegios no se extienden a intereses ni a costas, salvo disposición legal en contrario, lo que limita su alcance.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 2577 de la CCyC?

Entender esta limitación es fundamental para calcular adecuadamente los montos a recuperar, ya que no todos los costos asociados a un crédito están cubiertos por el privilegio.

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