Si las disposiciones testamentarias no cubren la porcion legitima, se pueden reducir las donaciones. Este proceso asegura que el legitimario reciba lo que le corresponde.
- Reducción de donaciones. Si la reducción de las disposiciones testamentarias no es suficiente para que quede cubierta la porción legítima, el heredero legitimario puede pedir la reducción de las donaciones hechas por el causante. Se reduce primero la última donación, y luego las demás en orden inverso a sus fechas, hasta salvar el derecho del reclamante. Las de igual fecha se reducen a prorrata.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
No actuar en este sentido puede dejar al legitimario sin los bienes que le pertenecen, afectando su estabilidad financiera.
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Art. 2452. Reduccion de disposiciones testamentarias
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