La valuación de bienes debe ser realizada por designación de los copropietarios o, en su defecto, por el juez. Esto asegura que el valor asignado sea justo y equitativo.
- Avalúo. La valuación debe hacerse por quien designen los copropietarios de la masa indivisa, si están de acuerdo y son todos plenamente capaces o, en caso contrario, por quien designa el juez, de acuerdo a la ley local. El valor de los bienes se debe fijar a la época más próxima posible al acto de partición.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este articulo es fundamental para establecer un valor justo en la partición. Un avalúo incorrecto puede llevar a disputas y a una partición desigual entre los herederos.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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