El usufructuario no está obligado a realizar mejoras por causas anteriores a la constitución de su derecho, pero debe pagar mejoras realizadas por el nudo propietario si no acepta los bienes.
- Mejoras anteriores a la constitución. El usufructuario no está obligado a hacer ninguna mejora por causas originadas antes del acto de constitución de su derecho. Sin embargo, el usufructuario que no recibe los bienes por su negativa a inventariarlos o a determinar su estado, debe pagar esas mejoras realizadas por el nudo propietario.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
No aceptar los bienes puede llevar a costos adicionales, así que es recomendable aceptar y determinar el estado para evitar sorpresas.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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