CCyC

Artículo 2081. Gastos y contribuciones

Los propietarios deben cubrir gastos comunes para el mantenimiento del conjunto inmobiliario, según lo estipulado en el reglamento. Este articulo es clave para la sostenibilidad financiera del conjunto.

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Texto Legal

- Gastos y contribuciones. Los propietarios están obligados a pagar las expensas, gastos y erogaciones comunes para el correcto mantenimiento y funcionamiento del conjunto inmobiliario en la proporción que a tal efecto establece el reglamento de propiedad horizontal. Dicho reglamento puede determinar otras contribuciones distintas a las expensas legalmente previstas, en caso de utilización de ventajas, servicios e instalaciones comunes por familiares e invitados de los titulares.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El incumplimiento en el pago de gastos comunes puede generar problemas financieros para el consorcio y afectar la calidad de los servicios, lo que impacta directamente en el valor de la propiedad.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 2081 del CCyC?

Los propietarios deben cubrir gastos comunes para el mantenimiento del conjunto inmobiliario, según lo estipulado en el reglamento. Este articulo es clave para la sostenibilidad financiera del conjunto.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 2081 de la CCyC?

El incumplimiento en el pago de gastos comunes puede generar problemas financieros para el consorcio y afectar la calidad de los servicios, lo que impacta directamente en el valor de la propiedad.

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