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Artículo 2028. Abdicacion de la medianeria

El condómino puede liberarse de pagos relacionados con la medianeria mediante la abdicacion de su derecho, salvo excepciones. Esto ofrece una salida en ciertas circunstancias.

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Texto Legal

- Abdicación de la medianería. El condómino requerido para el pago de créditos originados por la construcción, conservación o reconstrucción de un muro, puede liberarse mediante la abdicación de su derecho de medianería aun en los lugares donde el cerramiento es forzoso, a menos que el muro forme parte de una construcción que le pertenece o la deuda se haya originado en un hecho propio. No puede liberarse mediante la abdicación del derecho sobre el muro elevado o enterrado si mantiene su derecho sobre el muro de cerramiento.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Liberarse de la medianeria puede ser una estrategia útil, pero se debe evaluar cuidadosamente el impacto en los derechos de propiedad.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 2028 del CCyC?

El condómino puede liberarse de pagos relacionados con la medianeria mediante la abdicacion de su derecho, salvo excepciones. Esto ofrece una salida en ciertas circunstancias.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 2028 de la CCyC?

Liberarse de la medianeria puede ser una estrategia útil, pero se debe evaluar cuidadosamente el impacto en los derechos de propiedad.

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