El condómino puede prolongar el muro lindero a su costa sin indemnizar al otro por el mayor peso. Esto permite mejoras, pero también implica responsabilidad financiera.
- Prolongación del muro. El condómino puede prolongar el muro lindero en altura o profundidad, a su costa, sin indemnizar al otro condómino por el mayor peso que cargue sobre el muro. La nueva extensión es privativa del que la hizo.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es importante planificar adecuadamente estas prolongaciones para evitar problemas estructurales y posibles reclamaciones del colindante.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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