Los condóminos pueden acordar el uso alternado o exclusivo de la cosa común. Esto permite una mejor organización en el uso de los bienes compartidos.
- Convenio de uso y goce. Los condóminos pueden convenir el uso y goce alternado de la cosa común o que se ejercite de manera exclusiva y excluyente sobre determinadas partes materiales.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Establecer un convenio claro sobre el uso puede prevenir disputas y facilitar la convivencia entre condóminos, evitando malentendidos.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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