El dominio incluye no solo la cosa principal, sino también sus accesorios, subsuelo y espacio aéreo, salvo disposiciones especiales.
- Extensión. El dominio de una cosa comprende los objetos que forman un todo con ella o son sus accesorios. El dominio de una cosa inmueble se extiende al subsuelo y al espacio aéreo, en la medida en que su aprovechamiento sea posible, excepto lo dispuesto por normas especiales. Todas las construcciones, siembras o plantaciones existentes en un inmueble pertenecen a su dueño, excepto lo dispuesto respecto de los derechos de propiedad horizontal y superficie. Se presume que las construcciones, siembras o plantaciones las hizo el dueño del inmueble, si no se prueba lo contrario.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Conocer la extensión de tu dominio es crucial para aprovechar al máximo tus bienes. Ignorar esto puede llevar a conflictos sobre el uso de recursos subterráneos o aéreos.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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