CCyC

Artículo 1907. Extincion de derechos reales

Los derechos reales se extinguen por destruccion total de la cosa, abandono o consolidacion. Esto establece limites claros a la vigencia de los derechos.

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Texto Legal

- Extinción. Sin perjuicio de los medios de extinción de todos los derechos patrimoniales y de los especiales de los derechos reales, éstos se extinguen, por la destrucción total de la cosa si la ley no autoriza su reconstrucción, por su abandono y por la consolidación en los derechos reales sobre cosa ajena. TITULO II Posesión y tenencia CAPITULO 1 Disposiciones generales

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Conocer las causas de extincion de derechos reales es crucial para evitar la perdida de derechos patrimoniales y gestionar adecuadamente el patrimonio.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1907 del CCyC?

Los derechos reales se extinguen por destruccion total de la cosa, abandono o consolidacion. Esto establece limites claros a la vigencia de los derechos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1907 de la CCyC?

Conocer las causas de extincion de derechos reales es crucial para evitar la perdida de derechos patrimoniales y gestionar adecuadamente el patrimonio.

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