Los derechos reales pueden recaer sobre cosas propias o ajenas, constituyendo cargas o gravámenes reales. Esto implica que los derechos sobre bienes ajenos pueden tener limitaciones específicas.
- Derechos reales sobre cosa propia o ajena. Carga o gravamen real. Son derechos reales sobre cosa total o parcialmente propia: el dominio, el condominio, la propiedad horizontal, los conjuntos inmobiliarios, el tiempo compartido, el cementerio privado y la superficie si existe propiedad superficiaria. Los restantes derechos reales recaen sobre cosa ajena. Con relación al dueño de la cosa, los derechos reales sobre cosa ajena constituyen cargas o gravámenes reales. Las cosas se presumen sin gravamen, excepto prueba en contrario. Toda duda sobre la existencia de un gravamen real, su extensión o el modo de ejercicio, se interpreta a favor del titular del bien gravado.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es fundamental entender si tus derechos recaen sobre bienes propios o ajenos, ya que esto afecta tu capacidad de disposición y los riesgos asociados a gravámenes.
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Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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