La oposicion se tramita por un procedimiento breve y el oponente debe depositar el titulo ante el juez. Esto asegura un proceso eficiente y justo.
- Oposición. La oposición tramita por el procedimiento más breve previsto en la ley local. El oponente debe depositar el título valor ante el juez interviniente al deducir la oposición, que le debe ser restituido si es admitida. Si es rechazada, el título valor se debe entregar a quien obtuvo la sentencia de cancelación. Parágrafo 4° Sustracción, pérdida o destrucción de los libros de registro
Interpretación práctica por el equipo de SDV
El procedimiento breve permite resolver disputas rapidamente, pero es importante que los oponentes cumplan con los requisitos para no perder sus derechos.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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