Los titulos nominativos no endosables son emitidos a favor de una persona y requieren inscripcion para su transferencia, limitando su circulacion.
- Régimen. Es título valor nominativo no endosable el emitido a favor de una persona determinada, y cuya transmisión produce efectos respecto al emisor y a terceros al inscribirse en el respectivo registro. SECCION 3ª Títulos valores no cartulares
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Los titulos no endosables limitan la flexibilidad en las transacciones, lo que puede ser un obstáculo en situaciones donde se requiere liquidez rápida.
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Art. 1848. Reglas para titulos nominativos endosables
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