El portador de buena fe de un titulo valor tiene derechos autonomos, y las defensas personales no son oponibles. Esto protege al portador en transacciones comerciales.
- Autonomía. El portador de buena fe de un título valor que lo adquiere conforme con su ley de circulación, tiene un derecho autónomo, y le son inoponibles las defensas personales que pueden existir contra anteriores portadores. A los efectos de este artículo, el portador es de mala fe si al adquirir el título procede a sabiendas en perjuicio del deudor demandado.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las empresas deben asegurarse de que sus transacciones con titulos valores sean claras y transparentes para evitar reclamaciones por mala fe.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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