CCyC

Artículo 1750. Daños por actos involuntarios

El autor de un daño causado por un acto involuntario responde por equidad, aunque no haya actuado con intencion. Esto incluye situaciones donde se ejerce fuerza irresistible.

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Texto Legal

- Daños causados por actos involuntarios. El autor de un daño causado por un acto involuntario responde por razones de equidad. Se aplica lo dispuesto en el artículo 1742. El acto realizado por quien sufre fuerza irresistible no genera responsabilidad para su autor, sin perjuicio de la que corresponde a título personal a quien ejerce esa fuerza.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Incluso en casos de actos involuntarios, puede haber responsabilidad, lo que implica que las empresas deben tener cuidado con sus operaciones para evitar daños inesperados.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1750 del CCyC?

El autor de un daño causado por un acto involuntario responde por equidad, aunque no haya actuado con intencion. Esto incluye situaciones donde se ejerce fuerza irresistible.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1750 de la CCyC?

Incluso en casos de actos involuntarios, puede haber responsabilidad, lo que implica que las empresas deben tener cuidado con sus operaciones para evitar daños inesperados.

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