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Artículo 1716. Deber de reparar

La violación del deber de no dañar a otro o el incumplimiento de una obligación genera la obligación de reparar el daño causado. Este principio es fundamental en la responsabilidad civil.

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Texto Legal

- Deber de reparar. La violación del deber de no dañar a otro, o el incumplimiento de una obligación, da lugar a la reparación del daño causado, conforme con las disposiciones de este Código.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Si no se cumple con este deber, puedes enfrentar demandas por daños y perjuicios, lo que puede afectar tu situación financiera y reputación.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1716 del CCyC?

La violación del deber de no dañar a otro o el incumplimiento de una obligación genera la obligación de reparar el daño causado. Este principio es fundamental en la responsabilidad civil.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1716 de la CCyC?

Si no se cumple con este deber, puedes enfrentar demandas por daños y perjuicios, lo que puede afectar tu situación financiera y reputación.

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