CCyC

Artículo 1665. Extinción de competencia de árbitros

La competencia de los árbitros se extingue con el laudo definitivo, salvo para resoluciones aclaratorias. Esto delimita el alcance de su autoridad.

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Texto Legal

- Extinción de la competencia de los árbitros. La competencia atribuida a los árbitros por el contrato de arbitraje se extingue con el dictado del laudo definitivo, excepto para el dictado de resoluciones aclaratorias o complementarias conforme a lo que las partes hayan estipulado o a las previsiones del derecho de la sede. CAPITULO 30 Contrato de fideicomiso SECCION 1ª Disposiciones generales

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Entender cuándo se extingue la competencia de los árbitros es vital para evitar acciones legales posteriores innecesarias.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1665 del CCyC?

La competencia de los árbitros se extingue con el laudo definitivo, salvo para resoluciones aclaratorias. Esto delimita el alcance de su autoridad.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1665 de la CCyC?

Entender cuándo se extingue la competencia de los árbitros es vital para evitar acciones legales posteriores innecesarias.

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