CCyC

Artículo 160. Responsabilidad de administradores

Los administradores son responsables ilimitada y solidariamente por los daños causados en el ejercicio de sus funciones. Esto incluye tanto acciones como omisiones.

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Texto Legal

- Responsabilidad de los administradores. Los administradores responden en forma ilimitada y solidaria frente a la persona jurídica, sus miembros y terceros, por los daños causados por su culpa en el ejercicio o con ocasión de sus funciones, por acción u omisión.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Los administradores deben ser conscientes de su responsabilidad, ya que cualquier error puede resultar en consecuencias financieras significativas para ellos y la entidad. Mantener una buena gestión es clave para evitar reclamaciones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 160 del CCyC?

Los administradores son responsables ilimitada y solidariamente por los daños causados en el ejercicio de sus funciones. Esto incluye tanto acciones como omisiones.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 160 de la CCyC?

Los administradores deben ser conscientes de su responsabilidad, ya que cualquier error puede resultar en consecuencias financieras significativas para ellos y la entidad. Mantener una buena gestión es clave para evitar reclamaciones.

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