La fianza general puede abarcar obligaciones actuales o futuras, pero debe especificar un monto máximo. No se extiende a nuevas obligaciones después de cinco años.
- Fianza general. Es válida la fianza general que comprenda obligaciones actuales o futuras, incluso indeterminadas; en todos los casos debe precisarse el monto máximo al cual se obliga el fiador. Esta fianza no se extiende a las nuevas obligaciones contraídas por el afianzado después de los cinco años de otorgada. La fianza indeterminada en el tiempo puede ser retractada, caso en el cual no se aplica a las obligaciones contraídas por el afianzado después que la retractación sea notificada al acreedor.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es importante definir claramente el monto máximo en la fianza general para evitar sorpresas en caso de incumplimiento, protegiendo así los intereses del fiador.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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