CCyC

Artículo 1545. Aceptación de donaciones

La aceptación de una donación puede ser expresa o tácita, pero debe realizarse en vida de donante y donatario. Esto establece la formalidad necesaria para la validez de la donación.

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Texto Legal

- Aceptación. La aceptación puede ser expresa o tácita, pero es de interpretación restrictiva y está sujeta a las reglas establecidas respecto a la forma de las donaciones. Debe producirse en vida del donante y del donatario.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Si no se cumple con esta formalidad, la donación podría ser impugnada, afectando la transferencia de bienes.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1545 del CCyC?

La aceptación de una donación puede ser expresa o tácita, pero debe realizarse en vida de donante y donatario. Esto establece la formalidad necesaria para la validez de la donación.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1545 de la CCyC?

Si no se cumple con esta formalidad, la donación podría ser impugnada, afectando la transferencia de bienes.

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