CCyC

Artículo 1512. Concepto de franquicia comercial

La franquicia comercial permite al franquiciado utilizar un sistema probado del franquiciante a cambio de una contraprestacion.

franquiciaconceptoderechos

Texto Legal

- Concepto. Hay franquicia comercial cuando una parte, denominada franquiciante, otorga a otra, llamada franquiciado, el derecho a utilizar un sistema probado, destinado a comercializar determinados bienes o servicios bajo el nombre comercial, emblema o la marca del franquiciante, quien provee un conjunto de conocimientos técnicos y la prestación continua de asistencia técnica o comercial, contra una prestación directa o indirecta del franquiciado. El franquiciante debe ser titular exclusivo del conjunto de los derechos intelectuales, marcas, patentes, nombres comerciales, derechos de autor y demás comprendidos en el sistema bajo franquicia; o, en su caso, tener derecho a su utilización y transmisión al franquiciado en los términos del contrato. El franquiciante no puede tener participación accionaria de control directo o indirecto en el negocio del franquiciado.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Comprender el concepto de franquicia es fundamental para evaluar oportunidades de negocio y los derechos y obligaciones que conlleva.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1512 del CCyC?

La franquicia comercial permite al franquiciado utilizar un sistema probado del franquiciante a cambio de una contraprestacion.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1512 de la CCyC?

Comprender el concepto de franquicia es fundamental para evaluar oportunidades de negocio y los derechos y obligaciones que conlleva.

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