El agente no puede garantizar la cobranza del comprador más allá de la comisión adelantada. Esto limita su responsabilidad financiera.
- Garantía del agente. El agente no puede constituirse en garante de la cobranza del comprador presentado al empresario, sino hasta el importe de la comisión que se le puede haber adelantado o cobrado, en virtud de la operación concluida por el principal.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este artículo protege al agente de asumir riesgos financieros excesivos, pero también implica que deben gestionar cuidadosamente sus relaciones con los compradores.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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