Las decisiones en la agrupación se toman por mayoría absoluta, salvo que el contrato indique lo contrario. Esto permite una gestión democrática.
- Resoluciones. Las resoluciones relativas a la realización del objeto de la agrupación se adoptan por el voto de la mayoría absoluta de los participantes, excepto disposición contraria del contrato. La impugnación de las resoluciones sólo puede fundarse en la violación de disposiciones legales o contractuales. La acción debe ser dirigida contra cada uno de los integrantes de la agrupación y plantearse ante el tribunal del domicilio fijado en el contrato, dentro de los treinta días de haberse notificado fehacientemente la decisión de la agrupación. Las reuniones o consultas a los participantes deben efectuarse cada vez que lo requiera un administrador o cualquiera de los participantes. No puede modificarse el contrato sin el consentimiento unánime de los participantes.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es importante que los participantes conozcan cómo se toman las decisiones para evitar conflictos y asegurar que sus voces sean escuchadas.
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