CCyC

Artículo 1375. Establecimientos asimilables

Las normas de esta sección se aplican a hospitales, restaurantes y otros establecimientos similares. La eximente de responsabilidad del hotelero no aplica a garajes que cobren por sus servicios.

establecimientosresponsabilidadgarajes

Texto Legal

- Establecimientos y locales asimilables. Las normas de esta Sección se aplican a los hospitales, sanatorios, casas de salud y deporte, restaurantes, garajes, lugares y playas de estacionamiento y otros establecimientos similares que prestan sus servicios a título oneroso. La eximente prevista en la última frase del artículo 1371 no rige para los garajes, lugares y playas de estacionamiento que prestan sus servicios a título oneroso. SECCION 4ª Casas de depósito

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Los viajeros deben ser conscientes de que la protección de responsabilidad no se extiende a garajes, lo que puede implicar riesgos adicionales para sus vehículos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1375 del CCyC?

Las normas de esta sección se aplican a hospitales, restaurantes y otros establecimientos similares. La eximente de responsabilidad del hotelero no aplica a garajes que cobren por sus servicios.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1375 de la CCyC?

Los viajeros deben ser conscientes de que la protección de responsabilidad no se extiende a garajes, lo que puede implicar riesgos adicionales para sus vehículos.

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