El corredor tiene prohibido adquirir bienes cuya negociación le ha sido encargada, evitando conflictos de interés. Esta norma busca mantener la integridad en las transacciones.
- Prohibición. Está prohibido al corredor: a) adquirir por sí o por interpósita persona efectos cuya negociación le ha sido encargada; b) tener cualquier clase de participación o interés en la negociación o en los bienes comprendidos en ella.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Incumplir esta prohibicion puede llevar a sanciones y dañar la confianza de los clientes en el corredor.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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