CCyC

Artículo 1290. Obligaciones del pasajero

El pasajero tiene obligaciones como pagar el precio pactado y cumplir con las disposiciones administrativas y reglamentos del transportista.

obligacionespasajeroreglamentos

Texto Legal

- Obligaciones del pasajero. El pasajero está obligado a: a) pagar el precio pactado; b) presentarse en el lugar y momentos convenidos para iniciar el viaje; c) cumplir las disposiciones administrativas, observar los reglamentos establecidos por el transportista para el mejor orden durante el viaje y obedecer las órdenes del porteador o de sus representantes impartidas con la misma finalidad; d) acondicionar su equipaje, el que debe ajustarse a las medidas y peso reglamentarios.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Conocer tus obligaciones como pasajero puede prevenir inconvenientes durante el viaje y asegurar un proceso más fluido.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1290 del CCyC?

El pasajero tiene obligaciones como pagar el precio pactado y cumplir con las disposiciones administrativas y reglamentos del transportista.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1290 de la CCyC?

Conocer tus obligaciones como pasajero puede prevenir inconvenientes durante el viaje y asegurar un proceso más fluido.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 1290 del CCyC?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 1290 CCyC desde tu celular