El comitente puede desistirse del contrato unilateralmente, pero debe indemnizar al prestador por los gastos y trabajos realizados. Esto otorga flexibilidad al comitente, pero también implica costos.
- Desistimiento unilateral. El comitente puede desistir del contrato por su sola voluntad, aunque la ejecución haya comenzado; pero debe indemnizar al prestador todos los gastos y trabajos realizados y la utilidad que hubiera podido obtener. El juez puede reducir equitativamente la utilidad si la aplicación estricta de la norma conduce a una notoria injusticia. SECCION 2ª Disposiciones especiales para las obras
Interpretación práctica por el equipo de SDV
El derecho a desistirse puede ser útil, pero la indemnización puede representar un costo significativo, por lo que debe ser considerado en la planificación financiera.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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