El tomador puede usar el bien objeto del leasing, pero no puede venderlo ni gravarlo. Los gastos de conservación son responsabilidad del tomador, salvo pacto en contrario.
- Uso y goce del bien. El tomador puede usar y gozar del bien objeto del leasing conforme a su destino, pero no puede venderlo, gravarlo ni disponer de él. Los gastos ordinarios y extraordinarios de conservación y uso, incluyendo seguros, impuestos y tasas, que recaigan sobre los bienes y las sanciones ocasionadas por su uso, son a cargo del tomador, excepto convención en contrario. El tomador puede arrendar el bien objeto del leasing, excepto pacto en contrario. En ningún caso el locatario o arrendatario puede pretender derechos sobre el bien que impidan o limiten en modo alguno los derechos del dador.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
El tomador debe gestionar adecuadamente los gastos asociados al bien, ya que su incumplimiento puede resultar en sanciones o en la pérdida del bien.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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