CCyC

Artículo 1232. Responsabilidades en leasing

El dador tiene responsabilidades específicas en la adquisición del bien, dependiendo de cómo se haya pactado. Esto afecta la garantía y entrega del bien.

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Texto Legal

- Responsabilidades, acciones y garantías en la adquisición del bien. En los casos de los incisos a), b) y c) del artículo 1231, el dador cumple el contrato adquiriendo los bienes indicados por el tomador. El tomador puede reclamar del vendedor, sin necesidad de cesión, todos los derechos que emergen del contrato de compraventa. El dador puede liberarse convencionalmente de las responsabilidades de entrega y de la obligación de saneamiento. En los casos del inciso d) del artículo 1231, así como en aquellos casos en que el dador es fabricante, importador, vendedor o constructor del bien dado en leasing, el dador no puede liberarse de la obligación de entrega y de la obligación de saneamiento. En los casos del inciso e) del mismo artículo, el dador no responde por la obligación de entrega ni por garantía de saneamiento, excepto pacto en contrario. En los casos del inciso f) se deben aplicar las reglas de los párrafos anteriores de este artículo, según corresponda a la situación concreta.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Conocer las responsabilidades del dador te ayuda a evaluar riesgos en el leasing. Si el dador no cumple, podrías enfrentar problemas con el bien adquirido.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1232 del CCyC?

El dador tiene responsabilidades específicas en la adquisición del bien, dependiendo de cómo se haya pactado. Esto afecta la garantía y entrega del bien.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1232 de la CCyC?

Conocer las responsabilidades del dador te ayuda a evaluar riesgos en el leasing. Si el dador no cumple, podrías enfrentar problemas con el bien adquirido.

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