Las ventas deben realizarse en subasta pública, salvo excepciones. Esto asegura transparencia y obtiene el mejor precio posible para el menor.
- Forma de la venta. La venta debe hacerse en subasta pública, excepto que se trate de muebles de escaso valor, o si a juicio del juez, la venta extrajudicial puede ser más conveniente y el precio que se ofrece es superior al de la tasación.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
No seguir el procedimiento adecuado para la venta de bienes puede resultar en pérdidas económicas y cuestionamientos legales sobre la gestión de los activos del menor.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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